Hazte Hermano

En la Hermandad del Santo Vía Crucis queremos contar con tu participación activa y que formes parte como hermano o hermana de la misma. Un sentimiento que no solo debe hacerse patente el Martes Santo por las calles de la ciudad de Granada cuando acompañamos a nuestros Sagrados Titulares, sino también el resto de días del año de vida interna. Si estás decidido a formar parte de esta gran familia, debes conocer lo siguiente:

Puedes rellenar el siguiente formulario para darte de alta como hermano:





    O si ya eres hermano o hermana de la corporación puedes realizar el pago de cuota a través de BIZUM. Para poder realizar dicho pago debes de hacerlo de la siguiente manera:

    Darle a “DONAR” con el código: 03240. Una vez intruzca el código, pincha en HDAD SANTO VÍA CRUCIS

    Admisión de Hermanos Cofrades:

    a)Podrán ser miembros de la Hermandad todos los fieles que lo soliciten siempre que cumplan los deberes comunes a todos los católicos y se comprometan a observar los propios de la Hermandad. b)En ningún caso, podrán admitirse personas que hayan abandonado la Fe Católica públicamente, se haya apartado de la comunión eclesiástica, o hayan incurrido en excomunión impuesta o declarada (cf. Can. 316.1) c)Es competencia de la Junta de Gobierno, la admisión de nuevos miembros de la Hermandad.

    Cese de los Hermanos Cofrades:

    Los Hermanos Cofrades causan baja en la Hermandad o Cofradía:

    a)A petición propia. b)Por incumplimiento reiterado o injustificado de las obligaciones contenidas en estos Estatutos, si después de ser amonestado por la persona que designe la Junta de Gobierno no rectifica en su conducta. c)Por rechazar públicamente la Fe Católica o apartarse de la Comunidad eclesial, o encontrarse condenado por excomunión impuesta o declarada, previa amonestación y persistencia en las causas de que se trate. d)Por falta de pago en las cuotas. e)El hermano activo pasará a hermano asociado, cuando reiteradamente y sin justificación, no cumpla con sus obligaciones.

    Además del Ordinario, puede también la junta de Gobierno, en sesión ordinaria o extraordinaria, y siempre con asistencia del Consiliario, decidir cuando un miembro ha perdido la condición de cofrade, de acuerdo con los párrafos anteriores.